ANDAMIOS DE ALUMINIO, TORRES MOVILES Y ESTRUCTURAS DE ACUERDO A LA NORMATIVA EUROPEA EN1004, VENTA Y ALQUILER
SÍNTESIS DE NORMATIVA PARA EL MONTAJE TORRES MÓVILES SPAN 300 DE ACUERDO A EN-1004 Y AL REAL DECRETO 2177/2004
1)- El montaje y desmontaje de las torres moviles para acceso deberá realizarse de acuerdo al sistema de montaje 3T diseñado por Up-Right . Dicho sistema 3T viene explicado en los manuales de montaje del fabricante. Antes del montaje cualquier tipo de andamio de aluminio Instant o torre móvil Instant Span 300 deberá solicitarse en este caso, a Accesos Normalizados como Distribuidor Oficial .
2)- Según el Real decreto 2177/2004 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud de trabajos temporales en altura , se establecen las siguientes normas :
a) No deberá existir ningún vacío peligroso entre los componentes de las plataformas y los dispositivos verticales de protección colectiva contra caídas.
b) La altura mínima de la barandilla deberá ser de 90cm para más de 2m de altura de plataforma, además deberá disponer de barra intermedia y de rodapiés
c) Cuando las configuraciones estructurales del andamio no sean las dispuestas por el fabricante se deberá efectuar un cálculo de resistencia y estabilidad de acuerdo a la EN-1004, a menos que el andamio esté montado según una configuración tipo de reconocimiento general.
d) En caso necesario, como por ejemplo vaciados, se deberá prever la instalación de unos dispositivos de protección anticaídas
e) Los trabajos temporales en altura sólo podrán efectuarse cuando las condiciones meteorológicas no afecten a la seguridad de los trabajadores . Para el caso de los andamios de aluminio o torres moviles suministradas por Accesos Normalizados se considera que es peligroso montarlas para una velocidad de viento superior a 20Km/h ( fuerza 3 Beaufort).
f) La altura máxima de utilización de las torres moviles será de12m de altura de plataforma en interiores y 8m de altura de plataforma en exteriores.
g) Cuando se monte en exteriores, aunque la altura sea menor de 8m de altura de plataforma, no dejar sin vigilancia la torre y se recomienda anclar la torre
h) El plan de montaje no será obligatorio y podrá efectuarse el montaje por cualquier tipo de personal en caso de que se efectúen montajes tipo, dados por el fabricante con configuraciones estructurales previstas.
i) En caso de que no sea un montaje tipo, el Plan de Montaje , Utilización y Desmontaje será obligatorio en :
- En aquellos andamios de aluminio moviles o torres moviles de componentes prefabricados, que excedan los seis metros de altura desde la solera hasta el nivel de coronación del andamio, o en aquellos andamios que aun siendo de menor altura salven vuelos o distancias superiores entre apoyos de más de ocho metros (Pasarelas , estructuras puente entre torres de andamios de aluminio, etc).
- En andamios de aluminio moviles instalados en el exterior , sobre azoteas cúpulas de tejados o estructuras superiores cuya distancia entre el nivel de apoyo y el nivel del terreno o del suelo, exceda de 24m de altura.
- Andamios de aluminio moviles, torretas de acceso o torres móviles en los que los trabajos se efectúen a más de seis metros de altura desde el punto de operación hasta el suelo.
- No obstante, cuando se trate de andamios, que a pesar de estar incluidos entre los anteriormente citados, dispongan del marcado “CE” ( como los andamios eléctricos), por serles de aplicación una normativa específica en materia de comercialización , el citado plan podrá ser sustituido por las instrucciones específicas del fabricante , proveedor o suministrador sobre el montaje , la utilización y el desmontaje de los equipos , salvo que estas operaciones se realicen de forma o en condiciones o circunstancias no previstas en dichas instrucciones.
3) -Los andamios de aluminio moviles sólo podrán ser montados , desmontados o modificados sustancialmente bajo la dirección de una persona con una formación universitaria o profesional que lo habilite para ello , o por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada y especifica para las operaciones previstas. En la práctica esto se traduce en que el requisito necesario para montar una torre movil o andamio de aluminio movil es que los montadores dispongan del curso de prevención de riesgos laborales de nivel básico de 60 horas. Además Dichos montadores deberán estar dirigidos por un recurso preventivo que debe tener formación universitaria adecuada y disponer también del curso de prevención de riesgos laborales básico de 60 horas.
4) -También se permite que cuando no sea necesaria la elaboración de un plan de montaje para las torres moviles o andamios de aluminio, que la dirección del montaje sea llevada a cabo por una persona que disponga de una experiencia certificada por el empresario en esta materia de más de dos años y cuente con la formación preventiva correspondiente (curso de prevención de nivel básico de 60h).
5) -Todo andamio de aluminio o torre movil deberá estar de acuerdo y cumplir las prescripciones de la EN-1004
SINTESIS DE NORMATIVA DE LINEAS DE VIDA EN 795
La Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales es la base actual por la cual se ha desarrolado posteriormente toda la legislación que afecta a la seguridad y salud de los trabajadores.
la ley 31/1995 de prevención de riesgos Laborales establece toda una serie de obligaciones empresariales dirigidas a la protección de la salud de los trabajadores, obligaciones esstas que recaen directamente sobre el empresario , y cuyo nivel de exigencia y cumplimiento requieren una alta cualificación jurídico-técnica.
Estas obligaciones tal y como las encontramos en la ley son:
- Deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales
- Derecho de información consulta participación y formación de los trabajadores en materia preventiva .
- Deber empresarial de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en los aspectos relacionados con su trabajo.
- Deber de adopción de medidas de protección para la seguridad y salud de los trabajadores.
- Deber de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Art.16: deber de realizar controles periódicos de las condiciones de trabajo.
Art17: deber de adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos sean los adecuados al trabajo y proporcionar a los trabajadores la protección individual adecuada .
Art.18: El empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias relacionadas con:
- Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
- medidas y actividades de protección y prevención aplicables al caso anterior
Art 19: El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada adecuada teórica y`práctica , suficiente y adcuada en materia de prevención.
El real Decreto 773/1997, de 30 de Mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual dispone:
Art 3: Obligaciones generales del empresario: determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual y precisar, para cada uno de estos puestos, el riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección , las partes del cuerpo a proteger y el tipo de equipo o equipos de protección individual que deberán utilizarse .
eL Real Decreto 121571997, de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo , dispone:
Art 3: Obligaciones generales del empresario: el empresario adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que se pongan a disposición de los trabajadores sean adecuados al trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo , de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizar dichos equipos de trabajo .en cualquier caso el empresario deberá utilizar únicamente equipos que satisfagan cualquier disposición legal o reglamentaria que les sea de aplicación.
art 4: Comprobación de los equipos de trabajo :
- El empresario adoptará las medidas necesarias para que aquellos equipos de trabajo cuya seguridad dependa de sus condiciones de instalación se sometan a una comprobación inicial , tras su instalación y antes de la puesta en marcha por primera vez , y a una nueva comprobación después de cada montaje en un nuevo lugar o emplazamiento , con objeto de asegurar la correcta instalación y el buen funcionamiento de los equipos
- El empresario aqdoptará las medidas necesarias para que aquellos equipos de trabajo sometidos a influencias suseptibles de ocasionar deterioros que puedan generar situaciones peligrosas estén sujetos a comprobaciones y, en su caso pruebas de carácter periódico , con objeto de asegurar el cumplimiento de las disposiciones de seguridad y salud y de remediar a tiempo dichos deterioros .igualmente , se deberán realizar comprobaciones adicionales de tales equipos cada vez que se produzcan acontecimientos exceopcionales , takes como transformaciones accidentes , fenómenos naturales o falta prolongada de uso , que puedan tener consecuencias perjudiciales para la seguridad.
-Las comprobaciones serán efectuadas por personal competente.
- Los resultados de las comprobaciones deberán documentarse y estar a disposición de la autoridad laboral.Dichos resultados deberán conservarse durante toda la vida útil de los equipos.
-Los requisios y condiciones de las comprobaciones de los equipos de trabajo se ajustarán a lo dispuesto en la normativa específica que les sea de aplicación
EN 795
La norma En 795 especifica los requisitos, los métodos de ensayo. las instrucciones de y el marcado de los dispositivos de anclaje destinados exclusivamente a ser utilizados con equipos de portección individual contra las caidas en altura.Esta norma no es aplicable a los ganchos proyectados, según norma En 517, a las pasarelas proyectadas según norma EN 516 ni a los puntos de anclaje fijos que forman parte de la estrcutura original.
Requisitos generales
Como requisitos del equipo de métodos de ensayos de resistencia estática cumplirán con lo reflejado en el apartado 4,1 de EN 364.
El equipo de medida de fuerza dinámica deberá cumplir con los apartados 4.4, 4.5 y 4.6 fr la EN 364.Esto es en cuanto a medios para poder medir las fuerzas.Como requisitos generales se puede considerar que todos los puntos o dispositivos de anclaje , fijos o portátiles, tienen que estar diseñados para que una vez conectados a un equipo de protección Individual no puedan ser desconectados involuntariamente.Las aristas o ángulos expuestos deben estar atenueados por un redondeamiento con radio de 0,5mm o con chaflán a 45º.Cuando un dispositivo tiene más de un elemento debe ser proyectado de forma que no den la sensación de estar ensamblados correctamente si no están efectivamente conectados y asegurados.Los dispositivos de anclaje deben protegerse adecuadamente frente a la corrosión según apartado 4.4 de la norma EN 362.
Requisitos especificos
EN 795 A1
Esta clase incluye a los anclajes estructurales proyectados para ser fijados sobre superficies verticales , horizontales e inclinadas , tales como paredes, columnas, dinteles etc.Se les realizará ensayo estático según el apartado 5.2.1 de esta norma , aplcándose una fuerza de 10KN en la dirección de carga durante toda su vida util.Esta fuerza se mantendrá durante 3m y los anclajes deberán resistir.
EN 795 A2
Esta clase de anclajes estructurales están proyectados para ser fijados sobre tejados inlcinados.Se les realizará ensayo estático según el apartado 5.2.2 de esta norma , aplicándose una fuerza de 10KN en la dirección de la carga durante su vida útil.esta fuerza semantendrá durante 3minutos y los anclajes deberán resistir.Asimismo se le realizará un ensayo dinámico de acuerdo con el apartado 5.3.3.La caida deberá ser soportada.
EN 795 B
La clase B incluye a los dispositivos de anclaje provisionales transportables.
EN 795 C
La clase C incluye a los dispositivos de anclaje equipados con lineas de anclaje flexibles horizontales .Se conocen como líneas de vida horizontales , y no pueden desviarse de la horizontalidad más de 15ª.Estos dispositivos deben estar proyectados de forma que no sea posible que un punto de anclaje móvil pueda desconectarse involuntariamente, debe tener terminales de tope,y si el ancalje móvil tiene dispositivo de apertura éste debe contener dos acciones voluntarias y consecutivas para conectarlo y desconectarlo. Si las líneas de vida de este tipo son de cuerda , bandas o cables metálicos deberán ser como mínimo del doble de la fuerza máxima aplicada a la cuerda , bandas o cable.Esto será aplicada igualmente cuando las instrucciones del fabricante contemplen la utilización simultánea de dos omás personas.Todos los demás elementos de la línea de vida que tienen como función el fijar este dispositivo a la estructura protante deben resistir el doble de la fuerza originada en caso de caida.
EN 795 D
La clase D incluye los dispositivos de anclaje equipados con rieles de anclaje rígidos horizontales .Se les realizará ensayo estático según el apartado 5.2.5 de esta norma , aplicándose una fuerza de 10KN en la dirección de carga durante toda su vida útil.Esta fuerza se mantendrá durante 3 minutos y los anclajes deberán resisitr.Asimismo se le realizará un ensayo dinámico de acuerdo con el apartado 5.3.6. La caida deberá ser soportada .Si las instrucciones del fabricante permiten la utilización simultánea de dos o más personas con una fuerza de 10KN para la primera persona .Si las instrucciones del fabricante permiten la utilización simultánea de dos o más personas con una fuerza de 10KN para la primera persona y 1 KN por cada persona adicional , por ejemplo para tres personas , las fuerza aplicada será de 10KN +1 KN + 1KN y siempre debe ser mantenida durante 3 minutos debiendo resistir esta caraga.
EN 795 E
La clase E incluye a los anclajes de peso muerto, utilizables sobre superficies horizontales .Se entiende como superficie horizontal siempre que no se desvíe más de 5º de la horizontalidad .Este tipo de anclajes no deberá utilizarse cuendo la distancia al borde del tejado sea inferior a 2,5m o cuendo haya hielo o riesgo de helada .Asi mismo se le realizará un ensayo dinámico de acuerdo con el apartado 5.2.6.El desplazamiento L del centro de la masa del peso muerto no deberá exceder de los 1000mm, el desplazamiento H del peso muerto debe medirse a los 3m de la prueba de ensayo y no deberá exceder de los 1000mm.
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